Herencia legítima hermanos: ¿qué hay que saber?

Herencia legítima hermanos: ¿qué hay que saber?

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Fecha: 13 Diciembre, 2019

Autor: Notaria Igualada Rambla

Desde Notaría Igualada te explicamos todos los puntos sobre este tipo de herencia

Esta pregunta me la hacía la semana pasada Roger en la notaría, porque había oído hablar mucho de esta herencia y no sabía exactamente qué era. Él quería hacer testamento para dejar todos sus bienes a 2 de los 3 hijos que tiene. El problema aparece con el tercer hijo y Roger querría saber si este hijo podría reclamar un poco de su herencia a sus hermanos cuando él muera. Si te encuentras en alguna situación similar, te recomiendo que continúes leyendo, para que conozcas las características principales de la herencia legítima hermanos en Cataluña.

Significado de la herencia legítima en Cataluña

La legítima es un derecho que tienen, generalmente los hijos y nietos, a obtener en herencia del difunto un valor económico.

¿Quién tiene el derecho a la legítima en Cataluña?

Todos los hijos del difunto. Si alguno de ellos ha muerto antes de que el causante o testador, ha estado desheredado de manera justa o se ha declarado ausente, entonces será sustituido por sus descendientes, los nietos del causante. Si el difunto no tiene hijos, los derechos a la legítima pasan a los padres.

 

Herencia legítima hermanos

Herencia legítima hermanos: ¿quién la tiene que pagar?

El heredero que haya nombrado el difunto en el testamento, que puede ser un hijo/a, el marido o la esposa del difunto o cualquier persona que libremente designe el testador, puesto que no es obligatorio que sea un familiar.

El precio que cuesta una herencia legítima hermanos en Cataluña

La cuantía de la legítima en Cataluña es una cuarta parte de la cantidad que resulte del valor de los bienes de la herencia en el momento de la muerte del causante. Además se restan las deudas y gastos de la última enfermedad y el entierro. A la cifra hay que sumar el valor de los bienes dados en los 10 años anteriores a su defunción, con algunas reglas especiales más.

El reparto de la herencia legítima

La cuarta parte de la herencia se repartirá entre todos los legitimarios que existen. Si hay 5 hijos y a 4 se los ha nombrado herederos y a uno de ellos no se le deja nada, la legítima individual será del 5% para cada hijo, sean o no herederos. Así que el máximo que podrá pedir el hijo que no es heredero es un 5%. También computan los hijos que hayan muerto antes de que el testador y su parte la podrán pedir sus hijos, nietos del difunto.

Herencia legítima hermanos: Se puede pagar con dinero?

La manera de pagar se elige por el heredero y podrá pagar a los legitimarios con dinero o bienes de la herencia, pero no se pueden entregar bienes que no sean de “propiedad exclusiva, llena y libre” del legitimario. Así que, no se puede dar un tercio de un piso o una finca hipotecada, salvo que no haya más bienes en la herencia.
Por otro lado, es el heredero quien hace la valoración del total de la herencia, pero si la familia no se pone de acuerdo, se puede acudir al Juzgado, para que se haga una tasación de todos los bienes, por así determinar la legítima real.

Los años que se tiene para reclamar la herencia legítima desde la defunción

Desde la defunción del causante, son diez años los que se tiene para reclamar la herencia legítima con intereses, salvo que el testador haya prohibido el pago con intereses.

La desheredación de un hijo elimina su derecho a legítima?

No tendrá derecho a nada de la herencia del difunto, pero tiene que ser desheredado cumpliendo alguna de las causas que marca la ley (ausencia manifiesta y continuada de relación familiar entre el causante y el legitimario por una causa exclusivamente imputable al legitimario, indignidad sucesoria, maltrato grave, entre de altas). También se tiene que dejar claro en el testamento o pacto sucesorio.
Si necesitas más información sobre la herencia legítima hermanos en Cataluña ponte en contacto con Notaria Igualada .

 

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