Documentos necesarios para vender una casa: qué dice la legislación vigente?

Documentos necesarios para vender una casa: qué dice la legislación vigente?

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Fecha: 11 Enero, 2017

Autor: Notaria Igualada Rambla

¿Qué documentos hay que presentar si quieres vender tu vivienda?

Cuando tomamos la decisión de vender nuestra vivienda, necesitamos llevar a la notaría los documentos necesarios para vender una casa, que a continuación resumimos:

LA ESCRITURA DE LA VIVIENDA

Puede ser el de la compra previa o cualquier otro título de propiedad, herencia, etc.

LA CÉDULA DE HABITABILIDAD

Es necesario que ésta sea vigente y esté expedida por la Dirección General de la Vivienda; normalmente tiene una vigencia de 15 años. Nos permite acreditar que la vivienda reúne los requisitos mínimos de habitabilidad. En el caso que ésta cédula hubiera caducado, habrá que volver a obtenerla, a través de un técnico competente, o sea, arquitecto o arquitecto técnico.

EL CERTIFICADO DE EFICIENCIA ENERGÉTICA

Este certificado lo solicita el mismo técnico al cual se ha hecho referencia en su punto 2, en el Instituto Catalán de Energía de la Generalitat de Cataluña.

EL CERTIFICADO DE ESTAR AL CORRIENTE DE PAGO EN LA COMUNIDAD DE PROPIETARIOS

Si es una vivienda que forma parte de una comunidad de propietarios, este certificado lo tiene que entregar el administrador de la finca o el secretario de la comunidad, con el visto bueno del presidente; este certificado nos acredita que la vivienda en venta está al corriente de pago de los gastos de la comunidad.

 

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El RECIBO DE PAGO DEL IMPUESTO DE BIENES INMUEBLES (IBI), Y EL DE LAS TASAS MUNICIPALES DE BASURA

Si estos recibos están domiciliados, habrá que llevar el justificante bancario donde se demuestre que estos impuestos están al corriente de pago.
La notaría, además de la documentación señalada, pide al Registro de la Propiedad la información de la situación de cargas de la vivienda, el certificado telemático del catastro, y la acreditación de pago del Organismo de Gestión Tributaria –Diputación, quedando todos los documentos incorporados a la escritura de compraventa.

LA NOTA DE CARGAS DEL REGISTRO DE LA PROPIEDAD

Es un documento que nos acredita si la finca se encuentra grabada con alguna hipoteca, anotación de embargo, servidumbre, etc.

EL CERTIFICADO DEL CADASTRO

El certificado del catastro nos indica la titularidad de la finca, su superficie, su coeficiente de propiedad y el valor catastral.

EL DOCUMENTO DEL ORGANISMO DE GESTIÓN TRIBUTARIA

Es necesario el documento del Organismo de Gestión Tributaria –Diputación; nos indica si la finca está al corriente de pago del IBI o si tiene deudas pendientes.

 

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